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Actualizado: 14-01-2024

Qué tener en cuenta para el cierre fiscal

Ahora que ya hemos dejado atrás al año 2023 es momento de hacer los últimos ajustes contables para determinar cómo tributará la empresa tanto por sociedades como por otros impuestos que tienen que ver con el cierre contable, y para determinar también como quedará la imagen económico-financiera de la empresa. Hoy os contamos qué debéis tener en cuenta para cerrar el ejercicio 2023.

Prestar atención a los ajustes contables de fin de ejercicio

La contabilidad es la antesala de las obligaciones fiscales de la empresa, pero también de su imagen económico-financiera ante terceros, así que hay que analizar y revisar los criterios contables:

  • Existencias y variación de existencias: es necesario hacer el inventario de existencias a final de año para anotar posibles variaciones de existencias. Si tenemos más existencias de las que hemos contabilizado durante el año, nos anotaremos una variación de existencias positiva, generando un beneficio en la cuenta de resultados, en caso contrario, una variación de existencias negativa, que reducirá el beneficio y la partida de existencias en balance. 
  • Amortización de activos: las amortizaciones reducen el beneficio contable y fiscal, pero mantienen intacto el EBITDA, así que nos permiten reducir la factura fiscal sin perjudicar en exceso la imagen económico-financiera. En función del tipo de activo tenemos que cumplir con los plazos de amortización que marcan los reguladores, así que a final de año es momento de revisar que los plazos sean los correctos y los criterios de amortización también, por si debemos llevar a cabo un cambio de criterio. En este sentido hay que tener en cuenta, por ejemplo, que las operaciones de leasing tienen una amortización acelerada que nos permite reducir la carga en el impuesto de sociedades. 
  • Reclasificación de deuda a corto y largo plazo: la deuda que final de año tenga un plazo de vencimiento menor a 12 meses, debe ir contabilizada en el pasivo corriente, la de plazo superior a 12 meses en el pasivo no corriente. El hecho de situar la deuda en el corto o en el largo plazo cambia la imagen financiera de la empresa: a corto plazo empeora el fondo de maniobra y la liquidez a corto plazo, a largo plazo mejora el fondo de maniobra, pero compromete el cash-flow de la cuenta de resultados. Es clave analizar muy bien cómo queda la fotografía final de deuda de la empresa antes de cerrar el ejercicio.
  • Importe neto de la cifra de negocio: En diciembre es necesario comprobar el importe neto de la cifra de negocios. Por tres razones muy importantes:
    • Impuesto de Actividades Económicas (IAE): Si superas el millón de euros en el ejercicio anterior, estás obligado a comunicar alta en IAE mediante modelo 840. Si ya estás liquidando el IAE, en diciembre debes comunicar si ha habido cambios en los elementos tributarios del impuesto como los metros cuadrados de los locales afectos, KW instalados o la revisión del valor catastral si tienes activos inmobiliarios afectos a la actividad.
    • Condición de gran empresa: Si superas los 6.010.121,04 €, adquieres la condición de Gran Empresa y debes comunicarlo a Hacienda mediante modelo 036 durante el mes de enero. Esta condición te obligará a la presentación mensual de impuestos, hecho que empeorará tus ratios de liquidez y los costes de administración.
    • Auditoría: Ten en cuenta también que la cifra de negocio es unos de los requisitos que obliga a una empresa a auditar, junto al número de empleados y el volumen de activos, así que la cifra final de negocio puede obligarte a auditar tus cuentas. Más concretamente, si durante dos años seguidos cumples con dos de estos tres criterios te tocará auditar:
      • Cuando el importe neto de la cifra de negocio supere los 5.700.000 euros.
      • Cuando el total de sus activos supere los 2.850.000 euros.
      • Cuando el número medio de trabajadores durante el ejercicio supere los 50.
  • Deterioros y provisiones: los deterioros y provisiones pueden generar una pérdida en la cuenta de resultados, reduciendo la carga fiscal pero también el beneficio para hacer frente a las obligaciones financieras, mientras que su reversión generará el movimiento contrario, un beneficio, así que es momento de contabilizarlas correctamente para optimizar el resultado. En este apartado tendríamos, por ejemplo, deudores impagados, pérdida o ganancia de valor en los activos, ya sea por enajenación actualización de valor o impagados con proveedores, entre otros.
  • Inveriones financieras a corto y largo plazo: si la empresa tiene inversiones financieras como participación en otras sociedades o concesión de créditos y préstamos, es momento de cuantificar su valor razonable. De cara a la imagen financiera las inversiones de este tipo suman liquidez a corto plazo y patrimonio a largo plazo, pero es importante justificar bien su valoración, algo que no es fácil, por ejemplo, con la participación en otras empresas no cotizadas.
  • Activos intangibles: Este apartado es de los más importantes. Los activos intangibles son aquellos que no podemos tocar, pero que se contabilizan como cualquier otro y nos pueden generar un beneficio en la cuenta de resultados. Por ejemplo, podemos activar gastos de I+D, para amortizar a largo plazo, lo que subirá el beneficio y, por tanto, el impuesto de sociedades. Es un movimiento que nos puede ayudar a llegar al beneficio si no hemos podido hacerlo de forma natural.
  • Evolución a largo plazo de la empresa: por último, y no menos importante, antes de dar por finalizado el cierre contable, deberíamos comparar la cuenta de resultados y el balance con los años precedentes para ver la evolución a largo plazo. En general nos interesará mostrar ante los proveedores financieros una imagen estable sin sobresaltos, con beneficio y generación de caja y una estructura de deuda y fondos propios equilibrada.

Una vez realizado el cierre contable, se podrá acometer el cierre fiscal, para el que hay que tener en consideración los gastos fiscalmente deducibles (multas administrativas, pérdidas de juego), incentivos fiscales, entidades de reducida dimensión, inversiones en I+D y reducciones (por inicio de actividad, autónomos dependientes, etc.). Además, habrá que tener en cuenta, para una adecuada planificación de cara al año 2024, las medidas fiscales que previsiblemente se aprueben durante el año.

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