Cómo se contabiliza un leasing
El leasing es una de las formas de financiación de activos más extendidas, aunque tiene algunas peculiaridades que lo hacen diferente a otros productos financieros.
En primer lugar, la empresa se convierte en arrendataria del activo que financia vía leasing y el proveedor financiero se convierte en propietario y arrendador, aunque la empresa acaba tomando la posesión del bien cuando, una vez ha finalzado el contrato de leasing, paga la opción de compra o valor residual. De esta forma la empresa financia el activo en forma de arrendamiento y el proveedor financiero tiene la posesión mientras la financiación siga viva, algo que puede beneficiarle en caso de impago, pues el activo está a su nombre.
Además de esta particularidad y de que la empresa puede amortizar más rápidamente el bien y por tanto disfrutar de un impuesto de sociedades menor, las cuotas periódicas que asume la empresa en un contrato de leasing difieren de las de un préstamo. En cada cuota tendremos:
- Carga financiera o intereses devengados a cada periodo
- Recuperación del coste del bien o amortización de capital
- Impuestos, pues cada cuota está gravada con el IVA.
- Valor de la maquinaria: 150.000 euros
- Comisión de apertura del 1%
- Tipo de interés del 3%
- Plazo de amortización de 5 años
- Gastos notariales: 450 euros.
Cuenta | DEBE | HABER |
Elemento inmovilizado (21) | 150.000€ | |
Acreedores por arrendamiento financiero a corto plazo (524) | 30.000€ | |
Acreedores por arrendamiento financiero a largo plazo (174) | 120.000€ |
Por el otro contabilizaremos también los gastos asociados a la formalización de la operación, que serán:
Cuenta | DEBE | HABER |
Comisión de apertura (669) | 1.500€ | |
Servicios profesionales independientes (623) | 450€ | |
Bancos (572) | 1.950€ |
Posteriormente, en cada cuota mensual, contabilizaremos lo siguiente. Suponemos que la cuota a liquidar es de 2.647€, con 368€ de intereses y 2.279€ de amortización o coste de recuperación del bien y que se aplica un IVA del 21%, es decir, 555€. Por tanto:
Cuenta | DEBE | HABER |
Acreedores por arrendamiento financiero a corto plazo (524) | 2.279€ | |
Intereses de deuda (662) | 368€ | |
Hacienda Pública, IVA soportado (472) | 555€ | |
Bancos (572) | 3.202€ |
Además, habrá que ir regularizando, año a año, la parte de la deuda que sea superior a 12 meses en la cuenta 174 y la correspondiente a corto plazo en la 524.