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Actualizado: 14-01-2024

Avales, todo lo que necesitas saber

En ocasiones las operaciones comerciales requieren que un tercero las garantice, al deudor o al acreedor, como requisito para llevarla a cabo.

Un aval no es una operación de financiación sino de que es una operación de garantía, en la que el avalista o entidad garante se compromete a responder del cumplimiento de una obligación del avalado, la empresa en este caso, ante un tercero denominado beneficiario y que podría ser una persona física o jurídica.

En caso de incumplimiento el acreedor podrá requerir el pago al avalista, que responde con sus bienes presentes y futuros hasta cubrir las cantidades debidas.

Quién interviene en una operación de aval

  • Avalado o Deudor: es la empresa a la que la entidad presta su garantía ante un tercero.
  • Avalista, Fiador o Garante: es la entidad que garantiza el cumplimiento si el avalado incumple su obligación ante el beneficiario.
  • Beneficiario: persona física o jurídica que recibiría la indemnización establecida en el aval en caso de que éste se ejecutara a su petición.

Características principales de los avales

  • Soporte documental: el aval es un documento físico que se entrega al beneficiario y deja de surgir efecto cuando es entregado al avalista, o en su fecha de vencimiento, si la tiene. Actualmente se han empezado a utilizar los avales electrónicos, que suelen ofrecer la garantía de autenticidad de un tercero, como la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.
  • No hay desembolso económico, y por tanto no es un producto de financiación para la empresa, aunque en la práctica supone un riesgo muy similar para la entidad.
  • El aval debe contener, como mínimo y con carácter general los siguientes datos:
    • Identificación completa de los intervinientes: avalista, avalado y beneficiario.
    • Detalle de la obligación garantizada por el aval.
    • Plazo de duración y fecha de vencimiento o forma de cancelación si no existe fecha de vencimiento.
    • Requisitos que permiten al beneficiario ejecutar el aval.

Tipos de avales

En función del hecho garantizado:

  • Técnicos: La entidad de crédito responde de las obligaciones incumplidas por el avalado con motivo de la participación de este en contratos de suministro, concursos, subastas o ejecución de obras. Es muy habitual cuando la empresa opera con organismos públicos, aunque no es exclusivo.
  • Económicos: La entidad garantiza el pago del avalado en operaciones en las que este está obligado a pagar una determinada cantidad en un plazo o fecha previamente fijado. A su vez, los avales económicos pueden ser:
  • Comerciales: nacen de la naturaleza de una operación comercial de compra de suministros con pago aplazado o cualquier otro tipo de transacción de carácter comercial: entregas anticipadas, contratos de suministro rotativo, etc.
  • Financieros: Su objeto son operaciones financieras (de financiación) donde el avalado resulte ser deudor. Entre los habituales están los que hacen responder a la empresa de letras de cambio, pagarés y otros documentos mercantiles o los aplazamientos de impuestos y otras deudas tributarias.

En función de cómo es su vencimiento

  • Con vencimiento: el aval tiene una fecha determinada de vencimiento. Cubren los incumplimientos que se produzcan dentro del plazo de duración del aval
  • Con plazo de caducidad: el plazo de exigibilidad por parte del beneficiario acaba en la fecha de caducidad o vigencia del aval, aunque el hecho se produjera dentro del plazo del aval.
  • Con plazo de vencimiento: el plazo de exigibilidad por parte del beneficiario no finaliza con el vencimiento del aval sino que se extiende hasta al plazo en que legalmente prescriba la reclamación. El plazo general de prescripción de la legislación española es de 5 años.
  • Indefinido: el aval no tiene una fecha de vencimiento y dejará de surgir efecto cuando este sea entregado físicamente a la entidad que lo emite. Mientras esto no suceda, el aval seguirá en vigor.

En función de cómo es su ejecución

  • A primer requerimiento: de forma sencilla, el aval a primer requerimiento es aquel que es exigible de forma inmediata. La entidad que avala no investiga si el avalado ha incumplido con sus obligaciones, y responde de forma automática ante el requerimiento del beneficiario. Para que un aval sea de este tipo, debe tener la mención expresa de aval a primer requerimiento.
  • No exigibles a primer requerimiento: En este caso la entidad puede exigir al beneficiario que demuestre documentalmente el incumplimiento del avalado y, a su vez, exigir al avalado si existen causas que justifiquen la no ejecución del aval.

En función de la forma de contratarlo

  • Aval transitorio: se trata de un contrato individual por cada aval que la empresa solicita a la entidad, y se da cuando la empresa no necesita avales de forma recurrente.
  • Línea de avales: cuando la empresa, por su actividad mercantil, necesita ser avalada de forma recurrente, contrata con la entidad una línea de avales que permite, en un solo contrato y durante un plazo determinado de tiempo, emitir avales de forma recurrente y hasta una determinada cantidad fijada en la línea de avales.

En función del momento del proceso de solicitud de aval

  • Preaval: es un documento en el que la entidad hace constar su intención de conceder un aval al avalado (deudor), o bien su compromiso en firme de hacerlo.
  • Aval definitivo: es el aval finalizado por el que el garante responde ante el beneficiario de los incumplimientos del avalado.

En función de las facultades del beneficiario frente al avalista

  • Simples: el beneficiario del aval debe dirigirse primero al avalado, y si este no cumple entonces puede dirigirse al avalista.
  • Solidario: el beneficiario del aval puede dirigirse indistintamente al avalado o al avalista.

Condiciones económicas

Al no haber financiación de forma explícita, los avales no conllevan cargo de intereses para la empresa, sólo comisiones.

  • Comisión de apertura del aval o línea de avales: se trata de una comisión inicial por el importe del aval, o la línea de avales, que puede liquidarse una vez, en el caso de un aval transitorio, o con periodicidad anual en el caso de una línea de avales.
  • Comisión de mantenimiento: con cierta periodicidad, normalmente trimestral, la entidad liquida una comisión por el importe del aval.

Muchos de los avales de los que hemos hablado pueden ser contratados a través de compañías asegurados que garantizan de la misma forma las operaciones, pero en lugar de comisiones cobran primas.

Ventajas e inconvenientes

Ventajas

  • Permite dar garantía a las operaciones comerciales, lo que permite a la empresa ampliar sus transacciones comerciales, así como mejorar su imagen reputacional por el apoyo de una entidad financiera a su actividad.
  • Son muy flexibles, a pesar de que hay multitud de avales estandarizados, el contenido del aval puede pactarse entre las partes.
  • Los costes financieros son relativamente bajos teniendo en cuenta las ventajas que pueden aportar a la empresa a nivel comercial y financiero.

Inconvenientes

  • La mayoría de los avales son todavía en forma de documento físico, por lo que la operativa de este tipo de garantía es aún mejorable.
  • En ocasiones la empresa podría perder oportunidades comerciales si ninguna entidad le concede el aval. En ese caso podría verse obligada a dar una garantía como la pignoración.
  • En ocasiones el proceso de emisión puede ser lento si el texto es muy específico, pues el proveedor financiero suele hacer una revisión exhaustiva de lo que garantiza.

Dónde acceder a avales y garantías para empresas

Puedes acceder a avales de todo tipo a través de las siguientes entidades financieras, bancarias y no bancarias. La lista aparece ordenada por el Índice Financlick, que es nuestra valoración de cada opción teniendo en cuenta diferentes criterios como la flexibilidad del producto, la facilidad de acceso, las condiciones económicas y la calidad en el servicio del proveedor financiero.




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