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18-09-2023

La UE quiere recudir el plazo de pago de las pymes a 30 días

El cobro de las facturas lleva de cabeza a las pequeñas y medianas empresas, los datos son escalofriantes, según el estudio sobre el comportamiento de pago de las empresas españolas publicado por Informa, el plazo medio de cobro se situó en los 95,12 días, y sólo un 44% de los cobros se produjeron dentro del plazo acordado, esto es menos de la mitad.

Estos dilatadísimos plazos de cobro elevan de forma considerable las necesidades de financiación de las empresas y, con lo elevados que están los tipos de interés en la actualidad, suponen un incremento considerable de costes financieros. Esto para las empresas que tienen acceso al crédito, para otras empresas con dificultades de acceso estos dilatados plazos de cobro pueden llegar a provocar el cese de la actividad. Según los últimos datos del Pimec, cerca de una tercera parte de los concursos de acreedores presentados por las pymes tienen como motivo principal el retraso en el cobro de sus facturas.

La nueva legislación en forma de reglamento que está preparando la UE, y que podría entrar en vigor antes de verano de 2024, pretende reducir el plazo pago de las empresas a 30 días, algo reduciría de forma drástica las necesidades de financiación.

Por ejemplo, imaginemos una empresa que factura 1 millón de euros al año con un plazo de cobro de 95,12 días y un plazo de pago de cero días, esta empresa tendría unas necesidades de financiación, sin tener en cuenta su proceso de producción y almacenamiento, de unos 260.273€ (95/365 x 1.000.000€), en cambio, si el plazo de cobro de sus facturas pasa a ser de 30 días sus necesidades de financiación se quedarían en sólo 82.191€. El impacto en sus gastos financieros, suponiendo un tipo de interés del 6%, algo habitual si tenemos en cuenta que el Euribor está escalando mes a mes, supondría pasar de unos gastos financieros de 15.616€ a 4.931€, es decir, un 68% menos. Por otro lado, este alivio en las necesidades de financiación beneficiará, como decíamos antes, a las empresas con dificultades de acceso al crédito entre las que se encuentran las empresas con menos de 3 años de actividad, fundamentales para el desarrollo económico de cualquier país, pues suelen ser las que introducen novedades en el mercado.

Es posible que muchas empresas, por diferentes motivos, no puedan cumplir con un plazo de pago de 30 días, para esos casos la nueva norma que prepara la UE prevé poder cobrar intereses de demora de oficio desde el primer día de retraso. Actualmente las empresas prácticamente no inician reclamaciones ante el retraso de un cobro por el temor de perder a sus clientes, el hecho de que los intereses de demora se cobren de oficio supone un cambio radical en este proceso, pues permitirá cobrarlos desde el primer día y sin necesidad de iniciar ningún proceso de reclamación que tense la relación con los clientes.

Veremos en qué se traduce realmente esta norma en la práctica, pero sin duda es una apuesta de la UE por el desarrollo empresarial. En la presentación de este reglamento, la presidenta de la Comisión Europea, Ursula von der Leyen, ha sido contundente en su defensa de las pymes diciendo: “Es hora de hacer los negocios más fáciles en Europa”.

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