Qué es el leasing y cómo funciona
El leasing financiero es una de las formas de financiación a largo plazo más habituales entre las empresas. Este producto permite financiar activos fijos, ya sean tangibles o intangibles como maquinaria, vehículos, inmuebles, aplicaciones informáticas e incluso software, a plazos largos acordes con la vida esperada de los bienes, y se instrumenta mediante un contrato de arrendamiento financiero donde la propiedad del activo pertenece a la entidad financiera que arrenda el bien a la empresa, que a su vez actúa como arrendataria.
Al finalizar el contrato de leasing se establece una cuota final, también llamada valor residual, en la que la empresa ejerce la opción de compra sobre el bien, convirtiéndose en propietaria. Tiene ventajas fiscales:
- IVA: Permite financiar el IVA en la compra de activos ya que éste queda repercutido en las cuotas periódicas asumidas por la empresa. Esto es especialmente interesante en activos de importe elevado.
- Amortización: el leasing acelera la amortización del activo financiado, y por tanto aumenta el importe del gasto fiscal, reduciendo la base imponible del impuesto de sociedades. El tratamiento fiscal está regulado en la Ley 27/2014 del Impuesto de Sociedades, concretamente en su artículo 106 que regula el régimen fiscal de los contratos de arrendamiento financiero cuando el arrendador es una entidad de crédito o un establecimiento financiero de crédito y que establece lo siguiente:
- Deducibilidad de la carga financiera en todo caso.
- Deducibilidad de la parte de la cuota correspondiente a la recuperación del coste del bien (o amortización), a excepción de contratos que tengan por objeto terrenos, solares y otros activos no amortizables. El importe de la cantidad deducible será, como máximo, el doble del coeficiente de amortización lineal según las tablas de amortización oficialmente aprobadas que corresponda al bien objeto del contrato de leasing. Para empresas de reducida dimensión, aquellas cuyo importe neto de la cifra de negocios sea inferior a 10 millones, el importe máximo a deducir será el triple respecto a las tablas oficiales. En contrapartida, puede suponer un problema si se amortiza anticipadamente y no se ha mantenido en el plazo mínimo establecido para poder acogerse a su ventaja fiscal, así que en cierta manera es un contrato poco flexible.
- La entidad financiera debe llevar a cabo el registro de todos los bienes que tenga en propiedad bajo este tipo de contrato en el Registro de Bienes Muebles. Se trata de un registro jurídico de titularidades y gravámenes llevado por los Registradores de la Propiedad y Registradores Mercantiles, en dependencia del Ministerio de Justicia, que tiene por objeto la publicidad de la propiedad y las cargas de los bienes muebles, y está regulado por el Real Decreto 1828/1999 de 3 de diciembre, entrando en vigor el 23 de febrero del año 2000.
- La entidad, para asegurar los bienes que garantizan este tipo de contratos, obliga a la empresa arrendataria a pagar un seguro que asegura el bien objeto del contrato de leasing, lo que en la práctica se traduce en un coste adicional para la empresa.
Tipos de leasing
En función del bien que se financia
- Leasing mobiliario o inmobiliario: en función de si el bien objeto del contrato de leasing es un bien mueble o inmueble.
- Leasing tangible o intangible: en función de si el bien objeto del contrato de leasing es un bien tangible o intangible.
En función del ejercicio de opción de compra
- Leasing financiero: el arrendatario (empresa) ejerce la opción a compra. En este caso el activo y la deuda se contabilizan en balance durante toda la operación si, desde el inicio la empresa tiene intención de ejercer la opción de compra.
- Leasing operativo: el arrendatario (empresa) no ejerce la opción a compra. En este caso ni el activo ni la deuda deben ser contabilizados en balance.
- Leaseback: Esta modalidad de financiación es también conocida como leasing inverso, retroleasing o lease banking. Se trata de una operación por la que una empresa que tiene en propiedad un activo -que puede ser un bien mueble o inmueble- lo vende a su proveedor financiero para obtener liquidez y al mismo tiempo ésta hace un contrato arrendamiento financiero con futura opción a compra sobre el mismo bien. De esta forma, la empresa que inicialmente posee el bien, obtiene liquidez, el derecho de uso sobre el bien por el tiempo que dura el contrato de arrendamiento a cambio de un 'alquiler', y se asegura recuperar la propiedad del bien al final del contrato de lease back.
Cóndiciones económicas del leasing
Las condiciones económicas del leasing son muy parecidas a cualquier otro producto de financiación de activos como el préstamo, aunque tiene alguna peculiaridad:
- Comisión de apertura y/o estudio: por el importe total de la operación, es habitual que la entidad cobre una comisión inicial.
- Tipo de interés: se aplica, como en otras operaciones, sobre el capital pendiente en cada periodo de liquidación y puede ser fijo, variable o mixto.
- Comisión por amortización anticipada total o parcial: sobre las cantidades amortizadas anticipadamente la entidad puede liquidar una comisión.
- Comisiones por modificación del contrato: es muy habitual que la entidad aplique una comisión en caso de modificar las condiciones del contrato, como el plazo de amortización, por ejemplo.
- Impuesto sobre el Valor Añadido: no es un coste financiero, pero es importante saber que las cuotas de leasing están gravadas por IVA, que en la práctica no es más que una repercusión que hace la entidad por haber asumido el IVA en la compra.
- Seguro del bien: la entidad financiera obliga a la empresa a contratar un seguro sobre el bien para asegurar que el bien no pierde valor en caso de siniestro. Hay que tener en cuenta que el bien es la garantía de la entidad en caso de impago, pues la propietaria real hasta que finaliza el contrato de leasing.
Ventajas e inconvenientes del leasing
Ventajas
- Financiación del 100% del activo si la entidad no obliga a la empresa al pago de una cuota irregular inicial.
- Fiscalidad favorable: al permitir la amortización acelerada de los bienes, permite aplazar impuestos, aunque únicamente aplazarlos, pues la mayor amortización que supone el leasing en los primeros años conlleva una menor amortización en los años posteriores.
Inconvenientes
- Inflexibilidad: es leasing puede cancelarse anticipadamente, pero la empresa podría estar obligada a devolver las desgravaciones fiscales en las que haya incurrido si no ha cumplido con los plazos mínimos de vigencia del contrato (2 años para bienes muebles y 10 años para inmuebles.)
- Accesibilidad: Al tratarse por parte de las entidades como riesgo financiero de largo plazo, este producto está reservado a empresas con solvencia media y alta o con suficientes garantías.
- Dificulta las refinanciaciones por el riesgo a perder las deducciones fiscales en caso de que el contrato no haya cumplido con los plazos mínimos establecidos por ley.
- No es posible vender el bien sin el permiso del titular.
- Está restringido a personas jurídicas.