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Valor Catastral

El valor catastral es el valor administrativo asignado a cada bien inmueble (urbano, rústico o de características especiales) por la Dirección General del Catastro, dependiente del Ministerio de Hacienda. Sirve como base imponible para varios impuestos como el IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles), el Impuesto sobre el Patrimonio, el IRPF (en imputación de rentas inmobiliarias), y la Plusvalía Municipal. 

Este valor tiene carácter objetivo y se calcula a partir de criterios técnicos y normativos establecidos que consideran: ubicación del inmueble, valor del suelo y de la construcción, condiciones urbanísticas, antigüedad y estado de conservación y costes de construcción junto a otros factores correctores. 

Características principales del valor catastral: 

  • Es inferior al valor de mercado: por ley, el valor catastral no puede superar el valor de mercado del inmueble. 
  • Se actualiza mediante revisiones catastrales generales, parciales o mediante coeficientes anuales en los Presupuestos Generales del Estado. 
  • Es consultable en la Sede Electrónica del Catastro con la referencia catastral del inmueble o con la dirección exacta. 
  • Puede diferir significativamente entre municipios o inmuebles similares, en función de cuándo se haya revisado por última vez. 

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