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UTE (Unión Temporal de Empresas)

Una Unión Temporal de Empresas (UTE) es un sistema de colaboración empresarial regulado en España que permite a dos o más empresas (o empresarios individuales) unirse para llevar a cabo una obra, servicio o suministro específico por un tiempo limitado.

La UTE se crea con un objetivo común y determinado, manteniendo cada empresa su propia personalidad jurídica, independencia y responsabilidad individual. Se constituye una sociedad nueva para una estructurar una colaboración temporal.

Los cuatro puntos esenciales que definen una UTE son:

  • Finalidad Específica: Su principal uso es en proyectos grandes que requieren la combinación de recursos, experiencia y capacidad técnica que una sola empresa no podría asumir (comúnmente en ingeniería civil, grandes construcciones o licitaciones públicas).
  • Temporalidad: Su duración está limitada a la del proyecto para el que fue creada.
  • Régimen Fiscal: Las UTEs gozan de un régimen de transparencia fiscal, lo que significa que no tributan por el IS como entidad propia. Las rentas (beneficios o pérdidas) generadas por la UTE se imputan directamente a sus empresas socias en proporción a su participación, siendo estas las que tributan individualmente por dichos beneficios.
  • Responsabilidad: Aunque la UTE opera como una entidad única para el proyecto, la responsabilidad ante terceros por las obligaciones asumidas suele ser solidaria e ilimitada entre sus miembros.

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