El escudo fiscal (o tax shield) es el ahorro en el impuesto de sociedades que genera un gasto fiscalmente deducible al reducir la base imponible. Su caso más habitual es el de los intereses de la deuda: como restan del beneficio antes de impuestos, la empresa paga menos impuestos y, en la práctica, financiarse con deuda tiene un coste efectivo inferior a su tipo de interés nomina, pero no es el único gasto deducible, la lista es bastante extensa.
El importe del escudo fiscal se calcula multiplicando el gasto deducible por el tipo impositivo aplicable:
Escudo fiscal = gasto deducible × tipo impositivo
Aplicado a la deuda, el gasto deducible son los intereses devengados en el ejercicio. Con un tipo del impuesto de sociedades del 25 %, cada 100 euros de intereses generan 25 euros de ahorro fiscal. Por eso el coste real de la deuda no es su tipo de interés, sino ese tipo multiplicado por uno menos el tipo impositivo: una financiación al 6 % con un impuesto del 25 % supone un coste efectivo del 4,5 %.
Este efecto explica por qué en el cálculo del coste de capital medio ponderado (WACC) el coste de la deuda entra siempre después de impuestos: el escudo fiscal abarata la deuda frente a los fondos propios, cuyos dividendos no son deducibles.
Por ejemplo: comparemos dos empresas idénticas con un beneficio de explotación de 100.000 euros. Una se financia solo con fondos propios y la otra tiene un préstamo que le genera 30.000 euros de intereses anuales. El tipo del impuesto de sociedades es del 25 %.
| Concepto | Sin deuda | Con deuda |
|---|---|---|
| Beneficio de explotación | 100.000 € | 100.000 € |
| Intereses | 0 € | 30.000 € |
| Base imponible | 100.000 € | 70.000 € |
| Impuesto (25 %) | 25.000 € | 17.500 € |
La diferencia en la factura fiscal (25.000 − 17.500) son 7.500 euros: ese es el escudo fiscal de la deuda, que coincide con los 30.000 euros de intereses multiplicados por el 25 %.
Preguntas frecuentes
¿Sólo los intereses generan escudo fiscal?
No. Cualquier gasto fiscalmente deducible lo genera: amortizaciones y depreciaciones, provisiones dotadas conforme a norma o determinadas pérdidas. El de la deuda es el más citado, especialmente en valoración de empresas, porque depende directamente de la estructura de financiación elegida.
¿Qué ocurre si la empresa tiene pérdidas?
Si la base imponible es cero o negativa, no hay impuesto que reducir y el escudo fiscal no se materializa ese año. El ahorro puede recuperarse más adelante compensando bases imponibles negativas, pero pierde valor por el aplazamiento.
¿Por qué el escudo fiscal favorece endeudarse?
Porque abarata la deuda frente al capital propio. Aun así, un exceso de deuda eleva el riesgo financiero y los costes de insolvencia, de modo que el ahorro fiscal no justifica endeudarse sin límite, entre otras cosas porque reduce el beneficio total.