
El endoso es un acto jurídico mediante el cual el titular de un medio de pago en documento mercantil, como un pagaré, una letra de cambio o un cheque, transfiere a otra persona (denominada endosatario) los derechos de cobro o de propiedad de dicho documento.
El endoso se realiza por escrito en el reverso del documento o en una hoja adicional e implica que el nuevo titular adquiere el derecho legítimo de exigir el pago o la ejecución de los derechos asociados al título.
El endoso permite la cesión sucesiva del documento, facilitando su circulación en el ámbito empresarial y financiero. El endosante (cedente) garantiza al endosatario que el documento es válido y que el deudor está obligado al pago. Si un documento mercantil tiene la mención de no a la orden, entonces no es endosable, pero puede transmitirse mediante cesión de crédito.