
La dación en pago es un mecanismo jurídico y financiero mediante el cual el deudor de un préstamo entrega un bien (normalmente un inmueble) al acreedor como forma de extinguir total o parcialmente una deuda, generalmente hipotecaria. Dicho de otra forma, el deudor transmite la propiedad del bien a cambio de que el acreedor cancele la obligación pendiente, liberándolo del pago restante.
Este instrumento se utiliza principalmente en el ámbito de la financiación inmobiliaria, cuando el deudor no puede seguir cumpliendo con sus pagos y prefiere entregar el bien antes de afrontar una ejecución hipotecaria o una reclamación judicial por el saldo pendiente. Las principales características de la dación en pago son:
En algunos países, como Estados Unidos, está ampliamente admitida; en otros, como España, no es automática, y suele depender de la negociación con la entidad financiera. Este es un punto de controversia porque no es habitual que las entidades financieras lo acepten.
Por ejemplo, imaginemos una empresa promotora que no puede vender ni pagar la hipoteca de un edificio, puede buscar acordar con el banco la entrega del inmueble como pago total de la deuda. Si el banco acepta, se evita el procedimiento judicial, y la deuda queda saldada, aunque la empresa pierde el activo.
La dación en pago puede ser una salida negociada menos traumática ante situaciones de insolvencia, y es frecuente en operaciones de reestructuración o refinanciación empresarial.