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Comisión de Apertura

La comisión de apertura es una cantidad que la entidad financiera cobra una sola vez al formalizar un préstamo o una línea de crédito, en compensación por los trámites de análisis y concesión de la operación. Se calcula habitualmente como un porcentaje del capital concedido y se abona al inicio, de modo que encarece el coste real de la financiación desde el primer día.

A diferencia de los intereses, que remuneran el dinero prestado a lo largo del tiempo, la comisión de apertura retribuye el acto de conceder la operación. Suele fijarse como un tanto por ciento sobre el nominal (por ejemplo, entre un 0,5% y un 3% según el producto y el riesgo del solicitante), con frecuencia sujeto a un importe mínimo. En préstamos al consumo o hipotecarios puede formar parte de un paquete de gastos de constitución; en financiación a empresas es una de las partidas que más margen de negociación permite.

Cómo se calcula y cómo se cobra la comisión de apertura

El importe resulta de aplicar el porcentaje pactado sobre el capital dispuesto. Existen dos formas habituales de cobro: descontarla del importe entregado (el prestatario recibe menos dinero del que firma) o cargarla en cuenta como un pago independiente al inicio. 

Imaginemos una pyme que solicita un préstamo de 50.000 € con una comisión de apertura del 1,5%. El desglose sería el siguiente:

ConceptoCálculoImporte
Capital solicitado 50.000 €
Comisión de apertura (1,5%) 50.000 × 1,5% 750 €
Importe neto recibido 50.000 − 750 49.250 €

La comisión de apertura no es un gasto neutro: se integra en el coste efectivo de la financiación y explica buena parte de la diferencia entre el tipo de interés nominal y la Tasa Anual Equivalente que la entidad está obligada a informar.

Al ser un coste fijo que se paga al inicio, su peso en la TAE crece cuanto más corto es el plazo, porque el mismo importe se reparte entre menos cuotas. Tomemos un préstamo de 50.000 € con un TIN del 6% y una comisión de apertura del 1,5% (750 €). Si se firma a 12 meses, la TAE se dispara hasta el 9,21%: la comisión pesa más de tres puntos por encima del tipo nominal. Si la misma operación, con idéntica comisión, se firma a 5 años, la TAE baja al 6,84%: apenas ocho décimas sobre el nominal.

La comisión es exactamente la misma (750 €), pero su efecto sobre el coste real se multiplica en el plazo corto. Es la razón por la que una comisión de apertura "baja" puede resultar cara en financiación a corto plazo, y por la que conviene comparar siempre por TAE y no por el tipo nominal.

Clave: Cuanto más corto es el plazo del préstamo, más pesa la comisión de apertura en el coste real. Una comisión del 1,5% penaliza mucho más una operación a 12 meses que una a 10 años, porque el mismo importe fijo se reparte entre menos cuotas.
Preguntas frecuentes


¿Es negociable la comisión de apertura?
Sí, y suele ser una de las partidas con más recorrido. En financiación a empresas es habitual conseguir rebajas o incluso su eliminación a cambio de vincular operativa, seguros o mayor volumen de negocio con la entidad. Comparar varias ofertas antes de firmar es la palanca más eficaz para reducirla.

¿En qué se diferencia de la comisión de estudio? La comisión de estudio remunera el análisis previo de la solicitud (viabilidad y riesgo). En muchos productos ambas se refunden en una única comisión de apertura.

¿Cuenta para la Tasa Anual Equivalente? Sí. Al ser un coste obligatorio de la operación, la comisión de apertura se incorpora al cálculo de la Tasa Anual Equivalente, por lo que dos préstamos con el mismo tipo de interés nominal pueden tener un coste real muy distinto según la comisión aplicada. Es el motivo por el que conviene comparar siempre por Tasa Anual Equivalente y no solo por el tipo nominal.

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