El crowdlending ha ganado popularidad en los últimos años como alternativa de financiación para empresas y como vía de inversión para particulares. Sin embargo, muchos inversores y prestatarios desconocen las implicaciones fiscales que conlleva esta modalidad. En esta guía te ofrecemnos una visión práctica y actualizada sobre la fiscalidad del crowdlending en España, tanto para personas físicas como para empresas.
¿Qué es el Crowdlending?
El crowdlending es una modalidad de financiación colectiva en la que múltiples inversores prestan dinero directamente a empresas o particulares a través de plataformas online. A cambio, los inversores reciben intereses por el capital prestado. Esta forma de financiación, también conocida como “préstamo participativo” o “financiación entre iguales”, se regula legalmente como un préstamo privado entre particulares o entre particulares y empresas.
Tributación para Personas Físicas (Inversores Particulares)
a) Rendimientos obtenidos
Los intereses generados por el crowdlending tributan en el IRPF como rendimientos del capital mobiliario, conforme al artículo 25.2 de la Ley del IRPF. Se deben declarar anualmente como parte de los rendimientos del ahorro.
Los rendimientos obtenidos están sujetos a una tributación progresiva como rendimientos del capital mobiliario, según los siguientes tramos:
- 19?%: hasta 6.000?€
- 21?%: de 6.000,01?€ a 50.000 €
- 23?%: de 50.000,01?€ a 200.000 €
- 27?%: de 200.000,01?€ a 300.000 €
- 30?%: por encima de 300.000?€
Las plataformas de crowdlending con sede en España están obligadas a practicar una retención del 19?% sobre los intereses pagados. Esta retención actúa como pago a cuenta y puede deducirse en la declaración de la renta del inversor.
Las pérdidas derivadas de impagos o insolvencias pueden compensarse con otros rendimientos del capital mobiliario o con ganancias patrimoniales, hasta un límite del 25 % anual. El exceso no deducido puede aplicarse en los cuatro ejercicios siguientes.
Para que una pérdida sea deducible, deben cumplirse alguno de estos requisitos:
- Haber iniciado una reclamación judicial o procedimiento notarial de cobro.
- Que haya transcurrido al menos un año sin actividad judicial ni cobro efectivo.
Fiscalidad del Crowdlending para la Empresa Prestataria
Las empresas que recurren al crowdlending como fuente de financiación también tienen obligaciones fiscales específicas derivadas de la obtención del préstamo:
a) Registro contable del préstamo
El préstamo recibido debe registrarse en la contabilidad como pasivo financiero. La deuda se contabiliza por su valor nominal, y los intereses pactados deben imputarse conforme al principio de devengo.
Los intereses abonados a los inversores se consideran un gasto financiero deducible en el Impuesto sobre Sociedades, siempre que estén correctamente contabilizados y respondan a una financiación real y necesaria para la actividad.
Ejemplo: una pyme que paga 2.000?€ en intereses durante el ejercicio podrá deducir esa cantidad como gasto financiero, reduciendo así su base imponible.
c) Comisiones y gastos asociados
Las comisiones pagadas a la plataforma (por gestión, apertura o intermediación) también son deducibles fiscalmente si están vinculadas a la obtención del préstamo y reflejadas en la contabilidad de la empresa.
En general, la empresa prestataria no está obligada a practicar retención sobre los intereses que paga, ya que estos los gestiona directamente la plataforma de crowdlending en nombre de los inversores. No obstante, es recomendable revisar los contratos y certificados fiscales emitidos para asegurarse del correcto tratamiento tributario.
Tributación para Empresas Inversoras (Personas Jurídicas)
a) Integración en la base imponible
Los intereses generados por inversiones en crowdlending se consideran ingresos financieros y se integran como tal en la base imponible del Impuesto sobre Sociedades.
Las comisiones pagadas a la plataforma, así como otros gastos relacionados directamente con la inversión, son fiscalmente deducibles, siempre que estén correctamente documentados y justificados.
Las pérdidas por impago pueden deducirse en el Impuesto sobre Sociedades si:
- El deudor se encuentra en situación concursal.
- Han transcurrido al menos seis meses desde el vencimiento del préstamo sin haberse producido el cobro.
En ambos casos, debe reflejarse un deterioro contable del crédito en la contabilidad de la empresa.
Inversiones en Plataformas Extranjeras
Los intereses generados en plataformas no residentes en España también deben declararse:
- Se integran en el IRPF (personas físicas) o en el Impuesto sobre Sociedades (empresas), como cualquier otro ingreso financiero.
- Si han sido gravados en el país de origen, puede aplicarse la deducción por doble imposición internacional prevista en la legislación española.
Modelo 720
Si el valor de las inversiones en plataformas extranjeras supera los 50.000 €, existe la obligación de presentar el Modelo 720, declaración informativa sobre bienes en el extranjero.
Documentación y Modelos Fiscales
Las plataformas domiciliadas en España suelen emitir:
- Modelo 123: Declaración trimestral de retenciones a cuenta del IRPF.
- Modelo 193: Resumen anual de dichas retenciones.
El inversor debe conservar la siguiente documentación para justificar correctamente sus ingresos y posibles pérdidas:
- Certificados de retenciones emitidos por la plataforma.
- Informes anuales de ingresos y gastos.
- Documentación relativa a impagos, demandas u otros procedimientos legales iniciados.
Ejemplos Prácticos
Ejemplo 1: Inversor particular
- Intereses cobrados: 5.000 €
- Retenciones practicadas: 950 €
- Resultado: El inversor debe declarar 5.000 € como rendimiento del ahorro y puede deducirse los 950 € ya retenidos.
Ejemplo 2: Empresa con crédito fallido
- Préstamo impagado de 10.000 €, con más de 7 meses desde su vencimiento, el deudor presenta concurso de liquidación.
- Se registra un deterioro contable del crédito.
- Este deterioro es deducible en el Impuesto sobre Sociedades como gasto financiero por el importe nominal del mismo.
Por último, creemos que estas recomendaciones finales son interesantes si eres inversor o prestatario:
- Descargar anualmente los certificados fiscales de cada plataforma.
- Verificar que los datos coinciden con los borradores de Hacienda.
- Conservar justificantes de pérdidas o reclamaciones judiciales, si las hubiera.
- Consultar con un asesor fiscal en caso de invertir en plataformas extranjeras y presentar el Modelo 720 cuando se superen los umbrales legales.
Esta guía está elaborada conforme a la normativa fiscal vigente en España a junio de 2025, incluyendo la escala actualizada del IRPF para rendimientos del ahorro.
Si inviertes o te financias mediante crowdlending, conocer tus obligaciones fiscales es clave para optimizar tu fiscalidad y evitar problemas con Hacienda.
A través de una PFP, las empresas pueden acceder a diversas opciones de financiación, como:
- Préstamo para inversión, financiación para crecimiento y expansión empresarial.
- Confirming, gestión de pago a proveedores con plazo extendido.
- Descuento comercial, anticipo de cobros para obtener liquidez inmediata.
- Factoring, venta de facturas para asegurar el flujo de caja.
A continuación, te presentamos un detalle de los productos financieros que es posible contratar a través de una PFP y sus principales características: