En una primera parte del contrato, se identifican a las partes que son:
- La Arrendadora: es la parte que financiará el bien objeto del contrato de leasing a cambio de recibir una renta periódica.
- La Arrendataria: es la parte que explotará el bien objeto del contrato de leasing a cambio de pagar una renta periódica.
- La Fiadora: es la parte que actúa como avalista de la arrendataria, en caso de que sea necesaria la incorporación de garantías.
Este primer bloque está pensado para que todas las partes sean personas jurídicas, pero es adaptable fácilmente a persona física porque la plantilla es editable. En un segundo bloque se detallan los antecedentes que originan el contrato de leasing para, posteriormente, iniciar el bloque de cláusulas particulares:
- Objeto del contrato: en la que se define la causa del contrato, que no es más que regular la relación entre arrendador y arrendatario del bien.
- Descripción del bien arrendado, uso y ubicación: en la que se detalla con exactitud el bien objeto del contrato, donde se ubica y el uso que se le dará al mismo.
- Fecha de entrada en vigor: en la que se establece el momento en que el leasing entrará en vigor.
- Plazo del contrato: define la fecha de finalización del contrato.
- Precio y forma de pago: en la que se establecen todos los términos económicos del contrato de leasing como el importe del bien, las cuotas periódicas, el tipo de interés ordinario, el tipo de interés moratorio, la cuota irregular, si existe, el tipo de Iva aplicado, la periodicidad de la renta y las comisiones aplicados, si corresponden.
- Valor residual: en la que se determina cuál será el valor residual del contrato que permitirá a la arrendataria adquirir la propiedad del bien.
El siguiente bloque de cláusulas corresponde a las cláusulas generales del contrato de leasing, se trata de cláusulas que son iguales para todos los contratos de leasing y no hacen más que regular aspectos generales como:
- Naturaleza del contrato: en el que se remarca que el acuerdo es un contrato de leasing acorde a la legislación y no es comparable con un contrato de venta a plazo.
- Propiedad: en la que se detalla que, durante la duración del contrato, el arrendador es propietario del bien financiado.
- Instalación del material: en la que se determina quién es el responsable de la instalación del bien objeto del contrato.
- Condiciones de utilización y mantenimiento: esta cláusula obliga a la arrendataria a utilizar, mantener y conservar el bien con diligencia de forma que protege al arrendador.
- Seguros y riesgos: obliga a la arrendataria a contratar un seguro de daños sobre el bien.
- Cotitularidad y responsabilidad: es una clausula que proteger al arrendador en caso de que exista más de una arrendataria.
- Resolución del contrato: es una clausula que permite a la arrendadora resolver el contrato de forma anticipada en caso de incumplimiento de alguno de los términos por parte de la arrendataria.
- Finalización del contrato: regula cómo puede actuar la arrendataria cuando finalice el contrato.
- Gastos e impuestos: establece qué parte asumirá los gastos e impuestos derivados del contrato, que normalmente corresponderán a la arrendataria.
- Fianza: obliga a la fiadora o avalista del contrato a responder de forma solidaria con la arrendataria, en caso de incumplimiento de ésta.
- Escritura pública e inscripción en el registro: es una clausula que permite elevar a público el contrato.
- Cesión de derechos: en la que se regula si es posible o no la cesión de derechos y obligaciones del contrato a terceras partes.
- Confidencialidad y protección de datos: esta cláusula da protección a las partes en materia de confidencialidad y protección de datos.
- Comunicaciones: en la que se establece la forma y la dirección efectiva para la comunicación entre las partes.
- Fuero competente: en la que se establecen los juzgados a los que se someterán las partes en caso de divergencias, renunciando al fuero propio que les corresponda.